BOGADO ADI, GUILLERMO C/ LEOPOLDO ARIEL SLUTZKY Y/U OTRO Y/O Q.R.R. S/ IND.

jurisprudencia

 

 

 

 

 

 

 

El actor alegó en su presentación inicial, que ingreso a prestar servicios en relación de dependencia para el demandado en el mes de abril del año 2.007, cumpliendo funciones propias y típicas de viajante de comercio (Ley Nº 14.546), concertando ventas con diversas veterinarias de la ciudad de Corrientes.-

Expuso asimismo, que la relación laboral jamás fue registrada ante los organismos pertinentes y que, sus prestaciones laborales se cumplieron en jornadas de trabajo de seis horas diarias de lunes a sábados, percibiendo como contraprestación una remuneración de $ 1.500, sin recibir pago alguno en concepto de comisiones y viáticos.-

Que, en oportunidad de contestar la demanda de autos, el demandado negó los hechos alegados por el actor y refirió que este último cumplía servicio liberal exclusivamente como médico veterinario, y recibía sus honorarios conforme facturas que adjunta como prueba de lo expuesto. Como defensa, el demandado manifiesta respecto del actor que, al ser éste profesional independiente, no tenia carga horaria, nunca existió relación de dependencia laboral y remarcó, ya que el mismo revestía en su carácter de monotributista, por lo que la demanda debe ser rechazada, con costas.- Leer más