BOGADO ADI, GUILLERMO C/ LEOPOLDO ARIEL SLUTZKY Y/U OTRO Y/O Q.R.R. S/ IND.
El demandado se agravia por cuanto el juez de grado determino que el vinculo laboral existente entre las partes lo fue en relación de dependencia, cuando a su entender, con la documental y los testigos presentados, se probo que el actor trabajo en forma independiente brindando servicios profesionales en su condición de monotributista.-
Expuso la Excma. Cámara de Apelaciones en ocasión de analizar la pieza recursiva que, los argumentos vertidos por la quejosa en su correlación con los fundamentos de la sentencia de origen y los medios de ilustración acercados a la causa, adelanto que la pretensión recursiva no puede prosperar, pues un nuevo examen de los elementos convictivos no permite arribar a una solución distinta, resultando acertado el decisorio que nos ocupa al considerar acreditada la naturaleza laboral de la vinculación habida entre las partes.-
El quejoso intenta demostrar que no ha existido relación de dependencia acompañando recibos otorgados por el actor en su condición de monotributista. Sin embargo, del análisis de los mismos se puede observar, que han sido entregados mensualmente, todos del 05 al 10 de cada mes, de manera consecutiva, y por una suma fija ($1000 y $1500), lo cual denota que no se trata de servicios prestados en forma aislada de diversa índole, sino mas bien se verifica como una forma de pago encubierta, mensual y habitual por una suma determinada.-
Acceda al Documento. SENTENCIA DE CÁMARA DE APELACIONES EN LO LABORAL.-
La Sentencia de Cámara se encuentra firme y consentidas por las partes de autos.-