OBREROS DE LA CONSTRUCCION CCT 76/75

Acceda al documento completo del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO y su HOMOLOGACION.-

 

A continuación, ofrecemos distintos acuerdos celebrados en el marco del CCT citado, los que fueron obtenidos de la página web www.trabajo.gob.ar.-

ACUERDO 637-2015-A y su HOMOLOGACIONESCALA SALARIAL.-

Por el acuerdo citado, las partes signatarias del CCT 76/75, la Unión Obrera de la Construcción de la república Argentina (UOCRA), la Cámara Argentina de la Construcción, la Federación Argentina de Entidades de la Construcción y el Centro de Arquitectos, Ingenieros, Constructores y Afines, acordaron establecer a partir del 01 de Abril de 2015 un incremento salarial del 17,4 % que se aplicara sobre los salarios básicos vigentes al 31 de marzo de 2015 y a partir del 01 de Agosto de 2015 un incremento salarial del 10 % que se aplicara también sobre los salarios básicos vigentes al 31 de marzo de 2015, todo ello de conformidad a las escalas salariales adjuntas.-

 

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ACUERDO 520-2014-A y su HOMOLOGACIÓN.-

Por el acuerdo citado, las partes signatarias del CCT 76/75, la Unión Obrera de la Construcción de la república Argentina (UOCRA), la Cámara Argentina de la Construcción, la Federación Argentina de Entidades de la Construcción y el Centro de Arquitectos, Ingenieros, Constructores y Afines, acordaron un incremento salarial sobre las distintas categorías previstas en el CCT aludido equivalente al 15% a partir del 01 de abril de 2014, que se aplicara sobre los salarios básicos conformados vigentes al 31 de marzo de 2014, y un incremento salarial del 10% a partir del 01 de julio de 2014, que se aplicara sobre los salarios básicos vigentes al 30 de junio de 2014, todo ello de conformidad a las escalas salariales adjuntas.-

 

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ACUERDO 478-2013-A y su HOMOLOGACIÓN.-

Por el acuerdo citado, las partes signatarias del CCT 76/75, la Unión Obrera de la Construcción de la república Argentina (UOCRA), la Cámara Argentina de la Construcción, la Federación Argentina de Entidades de la Construcción y el Centro de Arquitectos, Ingenieros, Constructores y Afines, acordaron un incremento salarial del 24% aplicable de la siguiente manera: 18% sobre los salarios básicos vigentes al 31 de marzo de 2013 que regirá a partir del 01 de junio de 2013; el 6% restante sobre los salarios básicos del mes de agosto del mismo año que regirá a partir del 01 de septiembre de 2013, todo ello de conformidad a las escalas salariales adjuntas.-

Asimismo se acordó el pago de dos gratificaciones no remunerativas mensuales y se harán efectivos de la siguiente forma: la primera gratificación con la primera quincena de julio 2013 y la segunda con la liquidación de la segunda quincena de agosto del mismo año.-