Tag Archives: REQUISITOS DE PROCEDENCIA PARA LA MULTA DEL ART. 132 BIS L.C.T.

LAGRAÑA OSVALDO CARLOS C/ ERSA URBANO S.A. S/ INDEMNIZACION LABORAL

jurisprudencia

Al promover la acción el actor manifestó haber prestado servicios en relación de dependencia laboral con la empresa Ersa Urbano S.A., parte de la Unión Transitoria de Empresas “Ersa Urbano S.A. – Tari S.R.L. – UTE” (permisionaria temporaria y experimental del transporte urbano de pasajeros de la ciudad de Corrientes – Línea Nº 108), desde el 01.02.3003, desempeñándose bajo la categoría laboral de conductor de corta distancia de transporte automotor de pasajeros, cumpliendo una jornada de trabajo de 8 horas diarias de lunes a domingos con francos compensatorios.-

Que, a partir del 15.04.2005 comenzó a hacer uso de Licencia por Enfermedad Inculpable (con goce de haberes) en los términos del Art. 208º de la LCT, la cual se extendió hasta el 15.04.06 y desde allí en adelante comenzó el periodo de “conservación del empleo” sin goce de haberes por el término de un año, (Conf. Arts. 208 y 211 LCT), lo cual fue reconocido por la demandada mediante Carta Documento Nº 771202416 del 20.04.06. Que, el día 28.03.2007, estando vigente el periodo de conservación del empleo, el accionante presento ante la empresa certificado médico extendido por su médico tratante, por medio del cual se acreditaba que se encontraba en condiciones de realizar tareas habituales como conductor y por ello se le otorgaba el “alta médica”.- Leer más