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ARECCO MAXIMILIANO C/ PRAXAIR ARGENTINA S.A.

jurisprudencia

La Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, confirmó la decisión de la anterior instancia que hizo lugar a la acción de amparo y resolvió la nulidad del despido dispuesto por el empleador, por entender probado que el trabajador fue víctima de discriminación por motivos sindicales y ordenó su inmediata reincorporación al cargo con fundamento en la Ley Antidiscriminatoria N° 23.592.-

Dijo el alto cuerpo que la doctrina de la arbitrariedad no tiene por objeto convertir a la Corte en un tribunal de tercera instancia ordinaria, ni corregir resolutorios que se reputen equivocados, sino que atiende a cubrir casos de índole excepcional, en que las deficiencias lógicas del razonamiento o una total ausencia de fundamento normativo impiden considerar el fallo como “la sentencia fundada en ley” a que se refieren los articulas 17 y 18 de la Norma Fundamental (v. Fallos: 311 :786 y sus citas, entre varios más).- Leer más

EJECUCIÓN FORZADA DE SENTENCIAS: NULIDAD DEL DESPIDO Y REINSTALACIÓN DEL TRABAJADOR

doctrina

Todos aquellos despidos que vulneren derechos fundamentales de los trabajadores (habitual y genéricamente denominados despidos discriminatorios, aunque podríamos identificarlos también como despidos injustificados agravados) pueden ser judicialmente anulados y privados de eficacia extintiva cuando el trabajador afectado así lo reclama, garantizándole la readmisión en el puesto de trabajo y la continuidad del vínculo contractual, solución que encuentra respaldo jurídico en las normas constitucionales y de los tratados internacionales de derechos humanos que protegen los derechos fundamentales, así como por ciertas leyes nacionales destinadas a impedir su vulneración (Ley Nº 23.592), como así también distintos fallos de la SCJN: “Álvarez c/ Cencosud SA”; “Arecco c/ Praxair Argentina SA”; “Parra Vera c/ San Timoteo SA”; “Pellicori, Liliana Silvia c/ Colegio Público de Abogados de la Capital Federal”; “Cejas c/ Fate SA”, entre otros.-

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