TURISMO MIRAMAR S.R.L. C/ SOLOAGA JULIO S/ PAGO POR CONSIGNACION LABORAL
Que, vienen estos autos a consideración de la Alzada a raíz del recurso de apelación impetrado por la parte actora quien se agravia por cuanto el pronunciamiento de primera instancia rechaza el pago por consignación deducido por su parte, y acoge parcialmente la reconvención incoada por el demandado-reconviniente, refiriendo que la causal por la cual se extinguió el contrato de trabajo, fue por abandono de trabajo en el que incurriera el dependiente.-
Señala la quejosa, que el domicilio donde se cursaron las notificaciones era su domicilio real, tal como lo demuestran los testigos que declaran, y las constancias del Departamento del Trabajo. Esgrime, que nunca se denuncio otro domicilio real ni legal. Pone de relieve que la suma consignada fue percibida por la contraparte sin observaciones ni reservas.- Leer más