PRIMERA MANIFESTACIÓN INVALIDANTE. DETERMINACIÓN DE LA INCAPACIDAD LABORAL
Llegan los autos a consideración de la Alzada a raíz del recurso de apelación impetrado por la demandada, girando los agravios en torno a la aplicación de la Ley 26.773.- Esgrime, que el accidente se produjo con anterioridad a su sanción, por lo que el caso encuadra -a su entender- dentro de los parámetros fijados por la Ley 24.557. Arguye que lo resuelto lesiona el principio de irretroactividad y las garantías constitucionales del debido proceso e igualdad ante la ley. Sostiene que la ley aplicable es la vigente al momento de producirse el infortunio, citando el fallo de la Corte Suprema de Justicia “Esposito” del 07/06/2016 en apoyo de su postura.- Leer más