EXCEPCIÓN DE COSA JUZGADA – DICTAMEN DE COMISIÓN MEDICA
La parte demandada interpone excepción de previo y especial pronunciamiento de cosa juzgada fundando la misma en el dictamen de la comisión médica, la cual en sede administrativa estableció un porcentaje de incapacidad y la aseguradora abono el importe equivalente a la misma.-
Que, en oportunidad de decidir la cuestión el juzgador lo hace, entre tantos argumentos, invocando el fallo Castillo, Angel Santos c/ Cerámica Alberdi S.A. y rechaza la excepción planteada.-
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