SEGUROTTI LUCIANA C/ ANSES S/ PRESTACIONES VARIAS
La actora solicita el otorgamiento de beneficios jubilatorios, lo cual fue denegado por la Cámara Federal de la Seguridad Social por considerar esta que, los servicios prestados en relación de dependencia entre marzo de 1986 y agosto de 1991 no podían considerarse como teles, pues el empleador era su cónyuge.-
La corte al resolver esta cuestión, la cual es: si puede o no existir contrato de trabajo entre cónyuges. modifica el criterio sostenido con anterioridad, y analiza la cuestión verificando si existe o no prohibición legal al respecto, y la efectiva prestación de servicios en relación de dependencia.-
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