“CARDOZO REMIGIO DIAZCONO C/ ALEGRE REMIGIO Y/U OTRO Y/O Q.R.R. S/ IND., ETC.” EXP 38835/9
Que, la parte demandada interpuso en tiempo y forma recurso de apelación contra la Sentencia Nº 166, motivo por el cual el juez de primera instancia admite el mismo y ordena correr traslado de la expresión de agravios a la parte actora.-
Que, habiendo transcurrido el plazo impuesto por el artículo 310 del CPCYC desde la orden de correr traslado del recurso impetrado y sin que se hubiera realizado el acto procesal, la parte actora deduce caducidad respecto del mismo.-
La Excma. Cámara de Apelaciones comienza su análisis por determinar cuál es la normativa aplicable y si la situación planteada en la especie encuadra en la ley 3.540 (art. 16) o en las previsiones del C.P.C. y C. (art. 310 y concs.), fundamentando su posición en el criterio sustentado por este órgano en los autos: “Ramírez, Gladys Maria Itati C/ Arca S.R.L. S/ Ind.”, Resolución Nº 580/02, Expte. Nro. 4.520.-
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